Art. 1

Art. 1

En vigor desde 25 nov 2021
Artículo 1 La Decisión (PESC) 2020/979 se modifica como sigue: 1) El artículo 1, apartado 1, párrafo segundo, se sustituye por el texto siguiente: «El proyecto constará de dos fases, “fase I” y “fase II”: — durante la fase I, en el primer año de aplicación, se llevó a cabo un estudio de viabilidad para el desarrollo de un sistema de validación de la gestión de armas y municiones reconocido internacionalmente, que examinó las opciones de metodología y los instrumentos adecuados para la evaluación de los riesgos y de la calidad, — durante la fase II, sobre la base de los resultados del estudio de viabilidad de la fase I, se desarrollará un concepto para la creación de un sistema de validación de la gestión de armas y municiones.». 2) El artículo 3, apartado 2, se sustituye por el texto siguiente: «2. El importe destinado a cubrir la fase I del proyecto es de 821 872 EUR. El importe destinado a cubrir la fase II del proyecto es de 820 237 EUR.». 3) El artículo 5 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 5 La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. Expirará el 30 de noviembre de 2022.».
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