Art. 6 · Actividades de EURAMET

Art. 6

Actividades de EURAMET

En vigor desde 24 nov 2021
Artículo 6 Actividades de EURAMET 1.   La Asociación de Metrología apoyará una amplia gama de actividades de investigación e innovación mediante: a) acciones indirectas en el sentido del artículo 2, punto 43, del Reglamento (UE) 2021/695. financiadas por EURAMET, de conformidad con el artículo 7 de la presente Decisión, principalmente en forma de subvenciones tras convocatorias de propuestas transnacionales abiertas, transparentes y competitivas organizadas por EURAMET y que incluyan: i) acciones científicas y técnicas al servicio de la metrología científica fundamental que sienten las bases para todas las etapas sucesivas, incluida la investigación y desarrollo en metrología aplicada y los servicios relacionados con la metrología; ii) investigación en metrología para aportar soluciones a los retos sociales, económicos y medioambientales, centrándose en las contribuciones a las tecnologías e innovaciones sostenibles en los sectores de la energía, digital y de la salud, así como en relación con el medioambiente y el clima, y para desarrollar proyectos en redes europeas específicas de metrología que aborden esos retos; iii) investigación para desarrollar nuevos instrumentos de medición con vistas a fomentar la adopción por la industria y el comercio europeos de tecnologías metrológicas para estimular la innovación en la industria; iv) investigación y desarrollo prenormativos y conormativos en metrología para brindar apoyo a la ejecución de políticas y a la reglamentación, y aceleración de la comercialización y la adopción por la sociedad de productos y servicios innovadores y sostenibles; v) intercambio de mejores prácticas de investigación en metrología llevadas a cabo a nivel nacional; b) actividades financiadas por los Estados participantes sin la contribución financiera de la Unión que consistan en las actividades de desarrollo de capacidades en metrología a diferentes niveles tecnológicos y cuyo objetivo sea lograr el sistema de metrología más amplio posible, equilibrado e integrado en los Estados participantes que les permita desarrollar sus capacidades científicas y técnicas en metrología, y que incluyan actividades no seleccionadas a partir de las convocatorias de propuestas descritas en la letra a) del presente artículo, y descritas en los programas de trabajo anuales, así como cualquiera de las siguientes: i) actividades en el marco de los programas nacionales de los Estados participantes, tales como proyectos transnacionales que contribuyan a las prioridades establecidas en una red europea de metrología y en los comités técnicos de EURAMET; ii) acciones de difusión y explotación de los resultados, también en la industria y las pymes, de la investigación en metrología de la forma más amplia posible en Europa, con el fin de aumentar la visibilidad de las actividades de EURAMET para el público de manera accesible; iii) actividades de sensibilización y encaminadas a promover campañas y actividades educativas y de difusión, y suministrar información adecuada en EURAMET y la publicación de la documentación pertinente; iv) acciones que aborden, de manera específica, los institutos de metrología que tengan escasas o nulas capacidades científicas, ayudándolos a utilizar otros programas de la Unión, nacionales o regionales con fines de formación y movilidad, cooperación transfronteriza o inversión en infraestructura de metrología; v) la organización de actividades de difusión externa y de transferencia de conocimientos para promover la Asociación de Metrología lo más ampliamente posible en la Unión y fuera de ella, con el fin de maximizar su impacto. 2.   Antes de determinar los temas de cada convocatoria de propuestas a que se refiere el apartado 1, letra a), EURAMET pedirá públicamente a personas u organizaciones, incluidas las pymes, y a la cadena de valor general de la metrología que propongan posibles temas de investigación de manera transparente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2021:2084:oj#art-6