Art. 2

Art. 2

En vigor desde 17 nov 2021
Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión son el Reino de Bélgica, la República Checa, la República Federal de Alemania, la República de Estonia, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, la República de Croacia, la República Italiana, la República de Lituania, Hungría, la República de Austria, la República Portuguesa, Rumanía y la República de Eslovenia.
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