Art. 5

Art. 5

En vigor desde 9 nov 2021
Artículo 5 La previsión indicativa y no vinculante del importe anual de las contribuciones previsto para 2024 se fija en 1 500 000 000 EUR para la Comisión y en 300 000 000 EUR para el BEI, y para 2025 en 900 000 000 EUR para la Comisión y 9 000 000 EUR para el BEI.
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