Art. 2
En vigor desde 9 nov 2021
Artículo 2
El importe anual de las contribuciones que deberán abonar las Partes del FED para 2022 queda fijado en 2 800 000 000 EUR. Se dividirá en 2 500 000 000 EUR para la Comisión y 300 000 000 EUR para el BEI.
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