Art. 3

Art. 3

En vigor desde 30 sept 2021
Artículo 3 La posibilidad de utilizar de forma temporal los recursos financieros ya comprometidos para la mejora y modernización de la flota con vistas a cubrir necesidades apremiantes de liquidez, tal como establece la Ley de 2010, no se aprovechó por lo que respecta a Laziomar. Por consiguiente, la medida no constituye ayuda estatal a Laziomar a tenor del artículo 107, apartado 1, del TFUE.
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