Art. 1
En vigor desde 28 sept 2021
Artículo 1
La presente Decisión establece las condiciones armonizadas para la disponibilidad y el uso eficiente del espectro radioeléctrico para la Radio Móvil Ferroviaria (RMR) en las bandas 874,4-880,0 MHz, 919,4-925,0 MHz y 1 900-1 910 MHz.
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