Art. 1 · Organismo modificado genéticamente e identificador único

Art. 1

Organismo modificado genéticamente e identificador único

En vigor desde 17 ago 2021
Artículo 1 Organismo modificado genéticamente e identificador único Conforme a lo establecido en el Reglamento (CE) n.o 65/2004, se asigna el identificador único BCS-GHØØ2-5 × BCS-GHØØ4-7 × BCS-GHØØ5-8 al algodón (Gossypium hirsutum) modificado genéticamente GHB614 × T304-40 × GHB119 que se especifica en la letra b) del anexo de la presente Decisión.
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