Art. 3

Art. 3

En vigor desde 28 jun 2021
Artículo 3 En el anexo III figuran los requisitos que establecen la estructura común del identificador único de certificado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2021:1073:oj#art-3