Art. 2 · Definiciones

Art. 2

Definiciones

En vigor desde 21 jun 2021
Artículo 2 Definiciones A efectos de la presente Decisión, se entenderá por: a) «función»: conjunto de autorizaciones vinculadas a una finalidad específica para el tratamiento de datos en el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV); b) «perfil profesional»: uno o varios roles profesionales que abarcan una o más funciones; c) «usuario»: miembro del personal de la unidad central del SEIAV, de una unidad nacional del SEIAV, de Europol o de un punto de acceso central, así como de las autoridades fronterizas o de inmigración, debidamente autorizado con credenciales de acceso asignadas con uno o más roles o perfiles profesionales; d) «autorización»: el derecho a realizar una operación de tratamiento de datos.
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