Art. 1

Art. 1

En vigor desde 14 jun 2021
Artículo 1 La decisión del organismo competente de ordenar al administrador concursal que continuara con las actividades de NCHZ, adoptada el 26 de enero de 2011 por unanimidad por la junta de acreedores y los acreedores garantizados, y declarada vinculante el 17 de febrero de 2011 por el órgano jurisdiccional concursal en calidad de miembro del organismo competente tras la expiración de la Ley sobre las sociedades estratégicas el 31 de diciembre de 2010, no constituye ayuda estatal en el sentido del artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
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