Art. 1
En vigor desde 20 may 2021
Artículo 1
La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el septuagésimo cuarto período de sesiones de la Asamblea Mundial de la Salud será la siguiente:
La Unión Europea apoya el establecimiento de un proceso de la Organización Mundial de la Salud para un nuevo Convenio Marco sobre Preparación y Respuesta frente a las Pandemias y debe, dentro de la competencia de la Unión, poder participar como parte contratante de dicho tratado.
La decisión de la Asamblea Mundial de la Salud por la que se establecen los aspectos de procedimiento de las negociaciones debe permitir la participación de la Unión en el proceso de negociación relativo a las cuestiones que son competencia de la Unión, con vistas a la posible adhesión de la Unión al Convenio como organización regional de integración económica.
Dicha participación debe lograrse mediante la inclusión de referencias específicas en el texto de la decisión que aclare que cualquier organismo intergubernamental creado para elaborar y negociar el Convenio estará abierto a la participación de las organizaciones regionales de integración económica.
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