Art. 4 · Notificación

Art. 4

Notificación

En vigor desde 12 may 2021
Artículo 4 Notificación 1.   Los Estados miembros presentarán un informe a la Comisión en el plazo de tres días a partir de la fecha de la primera confirmación de la infección de animales por el virus SARS-CoV-2 en su territorio. 2.   Los Estados miembros presentarán un informe de seguimiento: a) semanalmente en el caso de que aparezcan más brotes de nuevas infecciones por SARS-CoV-2 en animales tras la primera confirmación a que se refiere el apartado 1; b) cuando existan actualizaciones pertinentes sobre la epidemiología de la enfermedad producida por el mencionado virus y sus implicaciones zoonóticas. 3.   Los informes contemplados en los apartados 1 y 2 incluirán, para cada brote producido por el SARS-CoV-2 en animales, la información indicada en el anexo IV. 4.   Según sea pertinente, los Estados miembros presentarán mensualmente a la Comisión un informe sobre los resultados del análisis filogenético y los resultados de los estudios a que se refiere el artículo 3. 5.   Los informes contemplados en los apartados 1 y 2 se comunicarán en el formato electrónico que determine la Comisión en el marco del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.
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