Art. 1
En vigor desde 22 mar 2021
Artículo 1
Como excepción a lo dispuesto en los artículos 16 y 168 de la Directiva 2006/112/CE, el Reino Unido queda autorizado, en lo que respecta a Irlanda del Norte, desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023, a fijar a tanto alzado la cuota del IVA correspondiente al gasto en carburante utilizado para uso privado por los vehículos de empresa.
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