Art. 1

Art. 1

En vigor desde 25 feb 2021
Artículo 1 La Decisión (PESC) 2018/905 se modifica como sigue: 1) en el artículo 1, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente: «1.   El mandato de D. Alexander RONDOS como Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para el Cuerno de África se prorroga hasta el 30 de junio de 2021. El Consejo podrá decidir que el mandato del REUE termine antes de esa fecha, basándose en una evaluación del Comité Político y de Seguridad (CPS) y a propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, “Alto Representante”).». 2) En el artículo 5, apartado 1, se añade el párrafo siguiente: «El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE para el período comprendido entre el 1 de marzo de 2021 y el 30 de junio de 2021 será de 345 000 EUR.». 3) En el artículo 14, el segundo párrafo se sustituye por el texto siguiente: «El informe global definitivo sobre la ejecución del mandato del REUE se presentará a más tardar el 30 de abril de 2021.».
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