Art. 13
Gastos de reuniones
En vigor desde 9 feb 2021
Artículo 13
Gastos de reuniones
1. Los participantes en las actividades del GEE y sus subgrupos no recibirán ninguna remuneración por los servicios que presten.
2. Los gastos de desplazamiento y estancia de los participantes en las actividades del GEE y de sus subgrupos y de los miembros del Comité de Identificación serán reembolsados por la Comisión. El reembolso lo efectuará de acuerdo con las disposiciones vigentes en la Comisión y dentro del límite de los créditos disponibles que se hayan atribuido a sus servicios en virtud del procedimiento anual de asignación de recursos.
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