Art. 1

Art. 1

En vigor desde 29 dic 2020
Artículo 1 1.   Queda aprobado, en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, el Acuerdo entre el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la Comunidad Europea de la Energía Atómica para la Cooperación sobre los usos seguros y pacíficos de la energía nuclear. Sujeto a reciprocidad, el Acuerdo mencionado en el párrafo primero se aplicará de forma provisional a partir del 1 de enero de 2021, a la espera de la conclusión de los procedimientos necesarios para su entrada en vigor y de los procedimientos a los que se hace referencia en el apartado 3. 2.   Queda aprobado, en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, en lo que respecta a los asuntos que entran en el ámbito de aplicación del Tratado Euratom. Sujeto a reciprocidad, el Acuerdo mencionado en el párrafo primero se aplicará de forma provisional a partir del 1 de enero de 2021, a la espera de la conclusión de los procedimientos necesarios para su entrada en vigor y de los procedimientos a los que se hace referencia en el apartado 3. 3.   Las versiones de los Acuerdos en lenguas alemana, búlgara, checa, croata, danesa, eslovaca, eslovena, española, estonia, finesa, francesa, griega, húngara, inglesa, irlandesa, italiana, letona, lituana, maltesa, neerlandesa, polaca, portuguesa, rumana y sueca serán objeto de una revisión jurídica-lingüística final. Las versiones lingüísticas resultantes de la revisión jurídica-lingüística mencionada en el párrafo primero se establecerán como auténticas y definitivas mediante canje de notas diplomáticas con el Reino Unido. Los textos auténticos y definitivos a los que se hace referencia en el párrafo segundo sustituirán ab initio a las versiones firmadas del Acuerdo. 4.   El texto del Acuerdo mencionado en el apartado 1 se adjunta a la presente Decisión. El texto del Acuerdo mencionado en el apartado 2 se adjunta a la Decisión (UE) 2020/2252 (1).
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