Art. 3
En vigor desde 16 dic 2020
Artículo 3
En el anexo III de la presente Decisión figuran las cantidades totales con arreglo al artículo 4, apartado 4, del Reglamento (UE) 2018/842 que pueden contabilizarse para comprobar el cumplimiento por parte de un Estado miembro de lo dispuesto en el artículo 9 de dicho Reglamento.
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