Art. 1

Art. 1

En vigor desde 10 dic 2020
Artículo 1 La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el Comité Mixto de Cooperación Aduanera creado en virtud del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Canadá sobre cooperación aduanera y asistencia mutua en materia aduanera (en lo sucesivo, «CMCA»), en la quinta reunión del CMCA, en lo tocante al reconocimiento mutuo del programa de socios en protección de Canadá y del programa de operadores económicos autorizados de la Unión Europea, se basará en el proyecto de Decisión del CMCA (3).
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