Art. 1

Art. 1

En vigor desde 27 nov 2020
Artículo 1 El artículo 6 de la Decisión 2014/350/UE se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 6 Los criterios ecológicos aplicables a la categoría «productos textiles», así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2025.».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2020:1805:oj#art-1