Art. 2 · Misión

Art. 2

Misión

En vigor desde 19 oct 2020
Artículo 2 Misión La EESD impartirá formación y educación en el ámbito de la política común de seguridad y defensa (PCSD) de la Unión, en el marco más amplio de la política exterior y de seguridad común (PESC), a escala europea, con objeto de desarrollar y fomentar entre el personal civil y militar una comprensión común de la PESC y de la PCSD y de determinar y difundir, entre sus actividades de formación y educación (en lo sucesivo, «actividades de educación y formación de la EESD»), las mejores prácticas en relación con los diversos temas de la PESC y de la PCSD. En la presente Decisión, las menciones a la PCSD incluirán la PESC, según proceda.
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