Art. 15
Apoyo del SEAE
En vigor desde 19 oct 2020
Artículo 15
Apoyo del SEAE
1. El SEAE sufragará los costes derivados de la acogida del director y la Secretaría en sus locales, incluidos los costes de las tecnologías de la información y los derivados del envío en comisión de servicios del director y de un asistente, procedente de su personal, a la Secretaría.
2. El SEAE proporcionará a la EESD el apoyo administrativo necesario para la contratación y dirección de su personal y la ejecución de su presupuesto.
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