Art. 3

Art. 3

En vigor desde 29 sept 2020
Artículo 3 La presente Decisión se dirige a los Estados miembros y a la parte mencionada en el artículo 1 y se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2020:1409:oj#art-3