Art. 3

Art. 3

En vigor desde 25 sept 2020
Artículo 3 España podrá financiar las siguientes medidas: a) el régimen de reducción del tiempo de trabajo denominado «Expediente de Regulación Temporal de Empleo» (ERTE) para trabajadores por cuenta ajena, con arreglo a lo dispuesto en el «Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo» (capítulo II, artículos 22 a 28); el «Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo»; y el «Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio» (artículos 1 a 7); b) las medidas excepcionales en relación con la cotización a la Seguridad Social para los trabajadores sujetos a un ERTE, con arreglo a lo dispuesto en el «Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo» (capítulo II, artículos 22 a 28); el «Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo» (artículos 1 a 4); y el «Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio» (capítulo I, artículo 4 y disposición adicional primera); c) la prestación por «cese de actividad» y las exenciones de las correspondientes cotizaciones a la Seguridad Social, con arreglo a lo dispuesto en el «Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo» (artículo 17), modificado por el «Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo» (disposición final primera, punto ocho), y por el «Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio» (artículos 8, 9 y 10); d) el régimen de ayuda a los «trabajadores fijos discontinuos», con arreglo a lo dispuesto en el «Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril» (disposición final octava) y en aplicación del «Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo» (artículo 24) para estos trabajadores; e) la exención parcial de los empleadores del pago de las cotizaciones a la Seguridad Social para apoyar «la preservación del empleo en el sector del turismo», con arreglo a lo dispuesto en el «Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo»; el «Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre»; el «Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo» (artículo 13); y el «Real Decreto-ley 25/2020» (disposición final cuarta); f) prestaciones relacionadas con la salud para los trabajadores que causen baja debido a la COVID-19, con arreglo a lo dispuesto en el «Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo» (artículo 5); el «Real Decreto-ley 13/2020, de 7 de abril» (disposición final primera) y el «Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto» (disposición final décima).
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2020:1347:oj#art-3