Art. 2
En vigor desde 28 jul 2020
Artículo 2
La Directiva 2014/25/UE seguirá aplicándose a los contratos adjudicados por las entidades adjudicadoras y destinados a posibilitar la producción y la venta al por mayor de electricidad procedente de fuentes renovables que esté sujeta al primer sistema de apoyo y al segundo, en Lituania.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2020:1500:oj#art-2