Art. 2

Art. 2

En vigor desde 28 jul 2020
Artículo 2 La Directiva 2014/25/UE seguirá aplicándose a los contratos adjudicados por las entidades adjudicadoras y destinados a posibilitar la producción y la venta al por mayor de electricidad procedente de fuentes renovables que esté sujeta al primer sistema de apoyo y al segundo, en Lituania.
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