Art. 1

Art. 1

En vigor desde 14 may 2020
Artículo 1 El artículo 10 de la Decisión (PESC) 2019/797 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 10 La presente Decisión será aplicable hasta el 18 de mayo de 2021 y estará sujeta a revisión continua. Se prorrogará o modificará, según proceda, si el Consejo estima que no se han cumplido sus objetivos.».
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