Art. 1

Art. 1

En vigor desde 23 abr 2020
Artículo 1 El Independent Regulatory Board for Auditors (Consejo Regulador Independiente de Auditores) de Sudáfrica cumple los requisitos que se consideran adecuados a efectos del artículo 47, apartado 1, letra c), de la Directiva 2006/43/CE a los fines del envío de papeles de trabajo de auditoría u otros documentos y de informes de inspección e investigación con arreglo al artículo 47, apartado 1, de dicha Directiva.
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