Art. 5 · Financiación

Art. 5

Financiación

En vigor desde 2 abr 2020
Artículo 5 Financiación 1.   El importe de referencia financiera previsto para cubrir los gastos relacionados con el mandato del Representante Especial entre el 2 de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021 será de 1 200 000 EUR. 2.   Los gastos se gestionarán con arreglo a los procedimientos y las normas aplicables al presupuesto general de la Unión Europea. 3.   La gestión de los gastos se regirá por un contrato celebrado entre el Representante Especial y la Comisión. El Representante Especial rendirá cuentas de todos los gastos a la Comisión.
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