Art. 11 · Informes

Art. 11

Informes

En vigor desde 2 abr 2020
Artículo 11 Informes El Representante Especial presentará informes al Alto Representante y al Comité Político y de Seguridad de manera periódica. Si es necesario, el Representante Especial también informará a los grupos de trabajo del Consejo. Los informes periódicos se transmitirán a través de la red COREU. El Representante Especial podrá presentar informes al Consejo de Asuntos Exteriores. El Representante Especial podrá participar en la presentación de información al Parlamento Europeo.
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