Art. 1
En vigor desde 20 mar 2020
Artículo 1
Las medidas consistentes en la depreciación de los activos, el traslado de pérdidas fiscales, el régimen fiscal conjunto, las tasas ferroviarias, la utilización de bienes del Estado de forma gratuita, y las garantías estatales para los derivados no constituyen ayudas estatales en favor de Femern A/S en el sentido del artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2020:1472:oj#art-1