Art. 1 · Representante Especial de la Unión Europea

Art. 1

Representante Especial de la Unión Europea

En vigor desde 25 feb 2020
Artículo 1 La Decisión (PESC) 2018/1248 del Consejo se modifica como sigue: 1) El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 1 Representante Especial de la Unión Europea El mandato de D.a Susanna TERSTAL como Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para el proceso de paz en Oriente Próximo se prorroga hasta el 28 de febrero de 2021. El Consejo podrá decidir que el mandato de la REUE termine antes de dicha fecha, basándose en la evaluación del Comité Político y de Seguridad (CPS) y a propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, “Alto Representante”).». 2) En el artículo 5, apartado 1, se añade el párrafo siguiente: «El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con el mandato de la REUE para el período comprendido entre el 1 de marzo de 2020 y el 28 de febrero de 2021 será de 1 182 524,33 EUR.». 3) En el artículo 14, se añade el párrafo siguiente: «El informe global definitivo sobre la ejecución del mandato de la REUE se presentará a más tardar el 30 de noviembre de 2020.».
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