Art. 1
En vigor desde 15 ene 2020
Artículo 1
1. La presente Decisión prevé la gestión de la modificación, ampliación y explotación del sistema informatizado de los movimientos y los controles de los productos sujetos a impuestos especiales contemplados en el artículo 1, apartado 1, de la Directiva (UE) 2020/262 (en lo sucesivo, «sistema informatizado)».
2. El sistema informatizado tendrá como objetivo:
a)
permitir la transmisión electrónica de los documentos administrativos previstos por la Directiva (UE) 2020/262+ y el Reglamento (UE) n.o 389/2012, y la mejora de los controles;
b)
mejorar el funcionamiento del mercado interior, simplificando la circulación en el interior de la Unión de los productos sujetos a impuestos especiales, al permitir a los Estados miembros ejercer un seguimiento en tiempo real de los movimientos y realizar, cuando proceda, los controles necesarios.
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