Art. 1
En vigor desde 28 nov 2019
Artículo 1
1. Se delegan en el director de la Oficina de gestión y liquidación de los derechos individuales (PMO) de la Comisión Europea las competencias de ordenación de pagos para la validación y la autorización de pagos de retribuciones y de pagos de gastos de misión y de viajes autorizados al personal, a efectos de la aplicación del artículo 1, apartado 1, letra a), de la Decisión (UE) 2019/792, y a los titulares de cargos públicos de alto nivel.
Estos pagos se consignarán en los siguientes artículos y partidas de la sección II del presupuesto general de la Unión Europea, titulada «Consejo Europeo y Consejo»:
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capítulo 1 0, excepto las subpartidas 1 0 0 4-02 y 1 0 0 4-05,
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capítulo 1 1,
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partida 1 2 0 0, excepto la subpartida 1 2 0 0-36,
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artículo 1 3 3,
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partida 2 2 0 1.
La delegación mencionada en el párrafo primero incluirá también las competencias para estimar, establecer y autorizar ingresos vinculados a los gastos mencionados en el párrafo segundo.
2. La delegación mencionada en el apartado 1, párrafo primero, del presente artículo no se aplicará en los casos en que el ejercicio de las competencias delegadas por el Consejo en la PMO con arreglo al artículo 1, apartado 1, de la Decisión (UE) 2019/792 haya sido objeto de renuncia de conformidad con el artículo 1, apartado 2, de dicha Decisión.
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