Art. 1
En vigor desde 27 nov 2019
Artículo 1
1. En el marco del presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2020, se movilizará el Instrumento de Flexibilidad para consignar en la rúbrica 3 (Seguridad y ciudadanía) el importe de 778 074 489 EUR en créditos de compromiso.
El importe a que se refiere el párrafo primero se utilizará para financiar medidas que hagan frente a los desafíos de la migración, la afluencia de refugiados y las amenazas a la seguridad.
2. De acuerdo con el perfil de pagos previsto, se estima que los créditos de pago correspondientes a la movilización del Instrumento de Flexibilidad se distribuirán del siguiente modo:
a)
407 402 108 EUR en 2020;
b)
312 205 134 EUR en 2021;
c)
42 336 587 EUR en 2022;
d)
16 130 660 EUR en 2023;
Los importes concretos de los créditos de pago para cada ejercicio se autorizarán de conformidad con el procedimiento presupuestario anual.
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