Art. 12 · Cumplimiento

Art. 12

Cumplimiento

En vigor desde 26 nov 2019
Artículo 12 Cumplimiento Los Estados miembros derogarán o modificarán las medidas que hayan adoptado para proteger sus territorios contra la introducción y propagación del organismo especificado, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Decisión. Informarán inmediatamente a la Comisión de estas medidas.
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