Art. 2

Art. 2

En vigor desde 8 nov 2019
Artículo 2 La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión durante el 179.° período de sesiones del WP.29, que tendrá lugar entre el 12 y el 14 de noviembre de 2019, será la de votar en contra de la propuesta de suplemento 2 de la serie 03 de enmiendas del Reglamento n.o 79 de las Naciones Unidas (mecanismo de dirección, documento de trabajo ECE/TRANS/WP.29/2019/114).
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