Art. 3
En vigor desde 8 nov 2019
Artículo 3
A efectos de los artículos 10.17 (Sistema de protección de las indicaciones geográficas) y 10.18 (Modificación de la lista de indicaciones geográficas) del Acuerdo, la Comisión aprobará la posición de la Unión sobre las modificaciones de los anexos 10-A y 10-B del Acuerdo.
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