Art. 8 · Solicitudes de visita

Art. 8

Solicitudes de visita

En vigor desde 17 oct 2019
Artículo 8 Solicitudes de visita 1.   Las visitas de contratistas a las instalaciones de otros contratistas o a los locales de la Comisión que impliquen el acceso a información clasificada de grado CONFIDENTIEL UE/EU CONFIDENTIAL o SECRET UE/EU SECRET se organizarán con arreglo al procedimiento siguiente: a) El responsable de seguridad de la instalación que envía al visitante cumplimentará todas las partes pertinentes del formulario de solicitud de visita («SdV») y presentará la solicitud a la ANS o ASD de la instalación. En el anexo III, apéndice C, figura un modelo de SdV. b) La ANS o ASD de la instalación que envía al visitante debe confirmar la HPS del visitante antes de presentar la SdV a la ANS o ASD de la instalación que lo recibe (o a la autoridad de seguridad de la Comisión si la visita se realiza en los locales de la Comisión). c) El responsable de seguridad de la instalación que envía al visitante recibirá entonces de su ANS o ASD la respuesta de la ANS o ASD de la instalación que lo recibe (o de la autoridad de seguridad de la Comisión) por la que se autorice o deniegue la SdV. d) Una SdV se considerará aprobada si no se presentan objeciones hasta cinco días laborables antes de la fecha de la visita. 2.   Las visitas de los funcionarios de la Comisión a las instalaciones del contratista que impliquen el acceso a información clasificada de grado CONFIDENTIEL UE/EU CONFIDENTIAL o SECRET UE/EU SECRET se organizarán con arreglo al procedimiento siguiente: a) El visitante cumplimentará todas las partes pertinentes de la SdV y la presentará a la autoridad de seguridad de la Comisión. b) La autoridad de seguridad de la Comisión confirmará la HPS del visitante antes de remitir la SdV a la ANS o ASD de la instalación que lo recibe. c) La autoridad de seguridad de la Comisión recibirá una respuesta de la ANS o ASD de la instalación que recibe la vista por la que se autorice o deniegue la SdV. d) Una SdV se considerará aprobada si no se presentan objeciones hasta cinco días laborables antes de la fecha de la visita. 3.   Una SdV puede abarcar una única visita o visitas periódicas. En caso de visitas periódicas, la SdV podrá tener una validez máxima de un año a partir de la fecha de inicio solicitada. 4.   La validez de una SdV no excederá la validez de la HPS del visitante. 5.   Por regla general, las SdV deben presentarse a la autoridad de seguridad competente de la instalación que recibe la vista al menos quince días laborables antes de la fecha de esta.
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