Art. 1

Art. 1

En vigor desde 24 sept 2019
Artículo 1 El artículo 3 de la Decisión de Ejecución 2013/805/UE se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 3 La presente Decisión expirará el 31 de diciembre de 2022. En caso de que se solicite autorización para prorrogar las medidas de excepción autorizadas por la presente Decisión, dicha solicitud se presentará a la Comisión a más tardar el 1 de abril de 2022. Dicha solicitud irá acompañada de un informe que incluya un reexamen de la limitación porcentual aplicada al derecho de deducción del IVA sobre la base de la presente Decisión.».
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