Art. 1
En vigor desde 31 jul 2019
Artículo 1
1. La presente Decisión tiene por objeto contribuir a prevenir y combatir el desvío de armas y municiones en África.
2. Sobre la base del apartado 1, la Unión apoyará los siguientes objetivos:
a)
sensibilizar a las partes interesadas de África, China y la Unión sobre la forma en que el flujo ilícito de armas, en particular de armas pequeñas y ligeras (APAL) y sus municiones, a agentes no autorizados contribuye significativamente a exacerbar la inseguridad y la violencia en diversas partes de África, menoscabando así la cohesión social, la seguridad pública, el desarrollo socioeconómico y el funcionamiento eficaz de las instituciones estatales;
b)
promover la rendición de cuentas y la responsabilidad respecto del comercio legal de armas y demostrar a las partes interesadas de África, China y la UE que un control eficaz de las exportaciones de armas puede contribuir a reducir el riesgo de desvío de armas hacia el mercado ilícito.
3. Para lograr estos objetivos, la presente Decisión apoyará la institución y el desarrollo de un grupo de trabajo conjunto de expertos no gubernamentales África-China-Europa sobre el control de las armas convencionales, cuyos principales cometidos consistirán en aumentar la sensibilización y la participación y en lograr que las comunidades políticas de África, China y la Unión actúen, así como en reforzar la cooperación regional e internacional para prevenir el desvío de armas y municiones en África.
4. Los resultados previstos de la Decisión son los siguientes:
a)
una mejor comprensión de las repercusiones que tienen el desvío y el uso indebido de armas en África, gracias a la investigación conjunta y al análisis orientado a la acción por parte de investigadores y académicos de África, China y la Unión, con recomendaciones de proyectos específicos apoyados por China;
b)
una mayor sensibilización de las partes interesadas de África, China y la Unión acerca del papel que desempeña el control eficaz de la exportación de armas a la hora de reducir el riesgo de desvío y los efectos negativos de las armas y municiones ilícitas en África;
c)
una mayor contribución de China a las iniciativas internacionales y regionales pertinentes, como la iniciativa de la Unión Africana para acallar las armas en África de aquí a 2020 y la aplicación del TCA;
d)
la inclusión del control de las armas pequeñas en el orden del día del diálogo del Foro de Cooperación China-África (FOCAC);
e)
la creación de nuevos foros que reúnan a expertos de los gobiernos, la sociedad civil, las empresas y el mundo académico de África, China y la Unión, que contribuirán a configurar el diálogo estratégico de alto nivel UE-China.
5. Los beneficiarios directos de los proyectos serán aproximadamente 500 actores de la comunidad política de África, China y la Unión, incluyendo organizaciones no gubernamentales, grupos de reflexión, representantes de la industria, funcionarios gubernamentales responsables del control de las armas convencionales y parlamentarios. Los beneficiarios indirectos serán la población, las comunidades, los grupos y las personas de África que se ven afectados negativamente por la proliferación de armas y municiones ilícitas en el continente.
6. En el anexo de la presente Decisión figura una descripción pormenorizada del proyecto.
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