Art. 1

Art. 1

En vigor desde 31 jul 2019
Artículo 1 En el artículo 4, apartado 3, de la Decisión (PESC) 2016/2382 se añade la letra siguiente: «j) prestará apoyo al Comité para los Aspectos Civiles de la Gestión de Crisis y al Grupo de Formación Civil de la UE, mediante la administración y la gestión de los gastos de viaje y alojamiento relacionados con las actividades de los coordinadores civiles para la formación.».
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