Art. 1
En vigor desde 12 jul 2019
Artículo 1
La Directiva 2014/25/UE no se aplicará a los contratos adjudicados por las entidades adjudicadoras y destinados a posibilitar la realización de las actividades siguientes en el territorio de Croacia:
—
servicios nacionales de paquetería urgentes,
—
servicios internacionales de paquetería urgentes,
—
servicios nacionales de distribución de correo sin destinatario.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2019:1204:oj#art-1