Art. 3 · Búsquedas biométricas

Art. 3

Búsquedas biométricas

En vigor desde 25 feb 2019
Artículo 3 Búsquedas biométricas Las condiciones en las que podrán llevarse a cabo búsquedas biométricas serán las establecidas en la Decisión de Ejecución de la Comisión por la que se establecen las especificaciones para la calidad, resolución y uso de impresiones dactilares e imágenes faciales, para la verificación e identificación biométrica, en el Sistema de Entradas y Salidas (SES) (11).
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