Art. 11
Procedimientos prácticos para una coordinación reforzada a nivel de la Unión
En vigor desde 19 feb 2019
Artículo 11
Procedimientos prácticos para una coordinación reforzada a nivel de la Unión
La coordinación que la Comisión realice de la gestión de un incidente por los servicios pertinentes consistirá en los procedimientos establecidos en el capítulo V.
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