Art. 1
En vigor desde 28 ene 2019
Artículo 1
1. El formulario que deberá utilizarse para los certificados autentificados de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias de Japón figura en el anexo I de la presente Decisión.
2. El formulario que deberá utilizarse para las autocertificaciones establecidas por los productores autorizados por la autoridad competente de Japón figura en el anexo II de la presente Decisión.
3. Las modalidades de la autocertificación establecida por los productores autorizados por la autoridad competente de Japón figuran en el anexo III de la presente Decisión.
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