Art. 1

Art. 1

En vigor desde 20 dic 2018
Artículo 1 El artículo 2 de la Decisión 2009/791/CE se sustituyen por el texto siguiente: «Artículo 2 La presente Decisión expirará el 31 de diciembre de 2021. Cualquier solicitud de prórroga de la medida de excepción prevista en la presente Decisión se remitirá a la Comisión no más tarde del 31 de marzo de 2021. Dicha solicitud irá acompañada de un informe sobre la aplicación de esta medida que incluya la revisión del reparto de los porcentajes aplicados al derecho de deducción del IVA sobre la base de la presente Decisión.».
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