Art. 4
En vigor desde 17 dic 2018
Artículo 4
1. La Alta Representante informará al Consejo de la aplicación de la presente Decisión, basándose en los informes periódicos trimestrales elaborados por la OADNU. Estos informes constituirán la base de la evaluación que llevará a cabo el Consejo.
2. La Comisión informará sobre los aspectos financieros del proyecto a que se refiere el artículo 1.
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