Art. 4

Art. 4

En vigor desde 17 dic 2018
Artículo 4 1.   La Alta Representante informará al Consejo sobre la aplicación de la presente Decisión basándose en informes trimestrales elaborados por la OEA. Estos informes constituirán la base de la evaluación que llevará a cabo el Consejo. 2.   La Comisión informará sobre los aspectos financieros del proyecto que menciona el artículo 1.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2018:2010:oj#art-4