Art. 1

Art. 1

En vigor desde 12 dic 2018
Artículo 1 1.   En el marco del presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2019, se movilizará el Instrumento de Flexibilidad para consignar en la subrúbrica 1a (Competitividad para el crecimiento y el empleo) el importe de 178 715 475 EUR en créditos de compromiso, y para consignar en la rúbrica 3 (Seguridad y ciudadanía) el importe de 985 629 138 EUR en créditos de compromiso. Los importes a que se refiere el párrafo primero se utilizarán para reforzar programas clave para la competitividad de la UE y para financiar medidas que hagan frente a los actuales desafíos de la migración, la afluencia de refugiados y las amenazas a la seguridad. 2.   De acuerdo con el perfil de pagos previsto, los créditos de pago correspondientes a la movilización del Instrumento de Flexibilidad se estimarán del siguiente modo: a) 548 740 834 EUR en 2019; b) 257 223 207EUR en 2020; c) 135 194 558 EUR en 2021; d) 140 942 662 EUR en 2022; e) 82 243 352 EUR en 2023. Los importes concretos de los créditos de pago para cada ejercicio se autorizarán de conformidad con el procedimiento presupuestario anual.
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