Art. 13 · Consejo Europeo

Art. 13

Consejo Europeo

En vigor desde 11 dic 2018
Artículo 13 Consejo Europeo En función de la crisis, podría ser necesario hacer consultas o tomar decisiones en tiempo oportuno en el Consejo Europeo. Para ello, se invitará asimismo al gabinete del Presidente del Consejo Europeo a participar plenamente en el DIRPC desde el momento de su activación y en las actividades de preparación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2018:1993:oj#art-13